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martes, abril 23, 2024
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MIS RESPONSABILIDADES ANTE EL FISCO

POR: JORGE LUIS LAZO
ASESOR FINANCIERO

Cuando emprendemos un negocio, solemos estar atentos a todo lo que consideramos importante: clientes, proveedores y colaboradores. Sin embargo, regularmente no tenemos en nuestro foco más cercano al fisco, el Servicio de Rentas Internas (SRI) en Ecuador. Este “pequeño” detalle nos podría dar un gran dolor de cabeza, si no consideramos que nuestras operaciones regulares tienen un impacto en la relación con el fisco. Una de las funciones del Estado, a través del SRI, es la de recaudar en función de la “justa medida”. Si enlazamos todo lo que hemos revisado hasta la fecha en este espacio, comprenderemos que sustentar, explicar y soportar esa justa medida tendrá que ver, necesariamente, con una contabilidad ordenada, contratos, comprobantes legales y autorizados, nomina registrada, aportes al IESS, pagos efectivos a nuestros proveedores, entre otros. Es decir, todo en la cadena del negocio es un eslabón para disponer del ancla de la justa medida.

¿Cómo afectan las transacciones de mi negocio al fisco? Sencillo, si vende reporta un ingreso, si compra reporta un gasto / costo. Estas operaciones implican que:

1. Cobrará un IVA cuando venda y deberá entregar un comprobante de venta (recibirá el pago y un comprobante de retención para compensar el impuesto anual, el de la renta).

2. Pagará un IVA cuando compre y deberá recibir un comprobante de venta (hará un pago y entregará un comprobante de retención). 

3. Deberá reportar todas esas compras y ventas en un anexo de información. 

4. Deberá realizar una declaración mensual de IVA (F104), donde reportará el valor a pagar de IVA (la diferencia entre el IVA cobrado y el pagado), compras y ventas.

5. Deberá realizar una declaración mensual de Retenciones en la Fuente (F103), donde reportará los valores retenidos que transferirá al FISCO.

6. Una vez al año (marzo para Personas Naturales / abril para Sociedades), deberá presentar su impuesto a la renta (F101). Este se calculará, en términos generales, sobre la diferencia entre sus ventas y sus compras. 

7. Una vez al año deberá reportar el detalle de colaboradores en relación de dependencia (Anexo RDEP).

 CLAVES DE ESTE ARTÍCULO:

1. Contabilidad, contratos, comprobantes de venta, nomina e IESS
2. Los impuestos mensuales y el impuesto anual

NOTA:  Por temas de espacio, el alcance de este artículo es muy general. La normativa tributaria reviste de una gran cantidad de consideraciones, para aprobar un gasto / costo válido para efectos fiscales. No asuma este artículo genérico como una guía exacta de lo que debe hacer; sino como referencia.

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